Medellín, 26 de septiembre de 2016 201609-0146
Doctor
JORGE LONDOÑO DE LA CUESTA
Gerente General
Empresas Públicas de Medellín
E.S.D.
Asunto: Exigencia de respeto por Sustitución Patronal
Respetado Doctor Londoño de la Cuesta,
El pasado 19 de septiembre de 2016, fuimos
notificados, como UNIGEEP, a título informativo, por parte de la Dirección
Relaciones Laborales Colectivas, de otra de las pésimas decisiones de la
administración de UNE EPM Telecomunicaciones S.A., como es la de no continuar,
a partir del 1º de octubre de 2016, con el convenio de la prestación del
Servicio de Gimnasio para los funcionarios, pensionados y beneficiarios de
nuestra compañía. Esta funesta determinación se suma a las demás que buscan
perjudicar a la masa laboral desprendida, abruptamente, en el año 2006 de las
Empresas Públicas de Medellín.
Sobre el particular anterior, le recordamos Doctor
Londoño de la Cuesta, que los artículos 67, 68, 69 y 70 del Código Sustantivo
de Trabajo, definen en manera taxativa, la condición especial con la que quedan
los trabajadores que tienen un contrato laboral con una empresa, para el caso
concreto, aquellos que salimos en el año 2006 de las Empresas Públicas de
Medellín, sin nuestro consentimiento, para trabajarle a UNE EPM
Telecomunicaciones S.A., ultima esta que con su administración ha venido
conculcando todos nuestros derechos, sin que nuestra casa matriz se pronuncie
rechazando y corrigiendo este tipo de ignominias, aun sabiendo de sus
responsabilidades sobre el asunto.
En el acta extracontractual laboral, dirigida a
cada uno de los trabajadores que sin nuestra aquiescencia, pasamos a UNE EPM
Telecomunicaciones S.A., el Señor Juan Felipe Gaviria Gutiérrez, Gerente
General de las Empresas Públicas de Medellín, en el año 2006, expresó su
compromiso de respetar la Sustitución Patronal con que quedamos los afectados
por la decisión mencionada. Esta comunicación la corroboran los certificados
laborales que expide, en el momento, UNE EPM Telecomunicaciones S.A., a
aquellos empleados que tenemos nuestro contrato laboral original con las Empresas
Públicas de Medellín.
Respetado Doctor Londoño de la Cuesta, la
responsabilidad de las Empresas Públicas de Medellín sobre la suerte de un gran
número de trabajadores de UNE EPM Telecomunicaciones S.A., no puede ser obviada
por quienes deben tener claro lo que es el marco constitucional y legal
colombianos. De ahí que le solicitemos, en manera atenta y comedida, su
intervención inmediata para que hechos como el narrado al inicio de este
escrito no sigan haciendo carrera para el perjuicio de quienes solo han
mostrado un compromiso para que nuestra entidad se sostenga en el tiempo.
Las correcciones a determinaciones como las
enunciadas, deben ser inmediatas y en favor de los derechos y beneficios que
todavía poseemos los que tenemos nuestros orígenes laborales indiscutibles con
las Empresas Públicas de Medellín, pues sería muy lamentable que nuestra casa
matriz, con su asiento en la Junta Directiva de UNE EPM Telecomunicaciones
S.A., se continúe prestando, con un silencio cómplice, para los vejámenes de una
inicua administración que no sólo está saqueando nuestra compañía, sino que
está conculcando los derechos laborales blindados por una sustitución patronal.
Las pruebas entregadas a Usted, personalmente Doctor Londoño de la Cuesta, no
dejan duda alguna de nuestras razones. Dineros se han destinado para muchas
cosas ampliamente cuestionadas, y los trabajadores no somos merecedores de unas
soluciones retardatarias y nocivas.
Respetuosamente,
JESÚS MARÍA LÓPEZ VELÁSQUEZ AURA LUCÍA BUITRAGO TRUJILLO
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