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INSISTENCIA EN DERECHO DE PETICIÓN
COMPETENCIAS COLABORADORES


No satisfechos con  la  respuesta  ofrecida  por  la  administración al Derecho de Petición presentado en febrero 23 al  Presidente de UNE EPM Telecomunicaciones, tres Dirigentes de UNIGEEP, insisten  en obtener unas contestaciones concisas y precisas. De  ahí  que coloquemos en conocimiento de todos los documentos siguientes:











FUSIÓN  UNE-Millicom: REGALO, DETRIMENTO PATRIMONIAL O . . .

Nuevos Derechos de Petición para el Alcalde y la Contraloría General de Medellín, enviados conjuntamente por el Movimiento Cívico de Medellín y el Área Matropolitana

















MÁS FÁCIL CAE EL ALCALDE QUE UNE EN MANOS DE MILLICOM


Derecho de Petición Presentado al Concejo de Medellín el 4 de noviembre de 2014






Procuraduría General De La Nación Pide A Superfinanciera Respuesta Sobre Queja Contra Millicom Spain.



UNIGEEP Y El Movimiento Cívico De Medellín Y El Área Metropolitana, Radicaron Derecho De Petición Al Alcalde Para Que Inaplique El Acuerdo 17 De 2013





Presidencia de la República Solicita a Contraloría General de la Nación Investigar Contrato celebrado entre UNE y Millicom




Ministerio de Telecomunicaciones Traslada Denuncias a la SIC y a la Fiscalía General de la Nación por posibles hechos constitutivos de Delito








La Súperintendencia de Sociedades Traslada Investigaciones a la Contralora General de la República y al Procurador General de la Nación






UNIGEEP, denuncia ante el Presidente de la República








Inician Investigación a Marc Eichmann




Luego de la Sesión Especial en el Concejo, UNIGEEP, Presentó Derechos de Petición a la Superintendencia de Sociedades y  a la Superintendencia de Industria y Comercio






Solicitud de Investigación Disciplinaria Contra los Miembros de Junta Directiva de EPM, el Gerente General de EPM y el Alcalde




Imágenes integradas 7



Imágenes integradas 4

Imágenes integradas 6




Respuesta Extemporánea del Alcalde al Derecho de Petición presentado por UNIGEEP el 20 de mayo de 2013










ATELCA - Asociación Nacional de Técnicos en Telefonía y Comunicaciones Afines, Sindicato de los trabajadores de la ETB,  presentó derecho de petición al Alcalde de Medellín para objetar el Acuerdo 17 de 2013






Personería Trasladó Investigación, contra el Presidente del Concejo de Medellín, a la Procuraduría Regional






UNIGEEP, Aportó a la Procuraduría Pruebas para la Investigación a Concejales que Votaron en Favor del Proyecto de Acuerdo 106








Derecho de Petición al Presidente del Concejo, solicitando aclaración a Respuesta al Derecho de Petición que se le envió en Mayo





La Personería de Medellín Trasladó  a la Procuraduría la Investigación a Concejales que Votaron Favorablemente el Proyecto de Acuerdo 106
Solicitud al Gobernador de AplazamientoSobre Decisión Acuerdo 17,
Radicada el 27 de mayo






Nuevos derechos de petición fueron presentados ante el Secretario del Concejo y ante el Personero de Medellín




  Mediante derecho de petición presentado el 20 de mayo de 2013,  UNIGEEP solicitó al Alcalde Aníbal Gaviria Correa inaplicar el Acuerdo 17






CARTA A CONCEJALES:  SINCERO AGRADECIMIENTO






Medellín, 16 de mayo de 2013                                     2013005-0057                                                     



 Honorables Concejales



LUIS BERNARDO VÉLEZ MONTOYA

MIGUEL ANDRÉS QUINTERO CALLE

JESÚS ANÍBAL ECHEVERRY JIMÉNEZ

RAMÓN EMILIO ACEVEDO CARDONA

JUAN FELIPE CAMPUZANO ZULUAGA

OSCAR GUILLERMO HOYOS GIRALDO

JOSÉ NICOLÁS DUQUE OSSA

JOHN JAIME MONCADA OSPINA

ROBERTO DE JESÚS CARDONA ÁLVAREZ




Asunto:        Sincero Agradecimiento

En los episodios, conocidos como debates, de los días 3 y 8 de mayo del presente año, quedó demostrado que existe una mayoría en el Concejo de Medellín, que en nada estima el inmenso valor social que tiene el contenido de lo público. Por el contrario, manifestaron la falta del cumplimiento con el compromiso que asumieron cuando iban a ser nombrados en la Junta Administradora de nuestro municipio. Lamentable situación que hoy nos coloca, a unos y a otros, a observar cómo puede desaparecer lo que nos llevó tanto tiempo construir.

No obstante lo anterior, Ustedes, colocaron su cuota alta de sacrificio, en todos los sentidos, para preservar no sólo el producto de la pujanza antioqueña de más de 57 años, sino el patrimonio laboral de muchos trabajadores. Sus argumentos irrebatibles, dadas unas investigaciones concienzudas, aportaron unas lógicas que la contraparte no pudo ni podrá desvirtuar, en ningún momento. Y no porque vayan en nuestra misma dirección, sino porque el orden que da la buena práctica del ejercicio histórico nos ha fortalecido con la razón que hemos defendido.


Los escenarios que compartimos y vivimos nos sirvieron para demostrar que no son las ideologías las que tienen que predominar, respetando los espacios y concepciones de cada quien, sino las soluciones sociales, cuando se trata de seguir llevándoles a los más desfavorecidos satisfacciones dignas. En este sentido, UNIGEEP no va renunciar a los espacios y acciones jurídicas a que haya lugar, para la búsqueda de la recuperación de UNE EPM Telecomunicaciones, toda vez que en la contienda política no fue posible.   

Frente a todo lo expuesto, Honorables Concejales, nuestra organización ratifica, y por escrito, nuestro más sincero agradecimiento por el ahínco, la coherencia, la consistencia y el ímpetu, entre otros, con que Usted defendió la continuidad de UNE EPM Telecomunicaciones S.A., como patrimonio público. Sus argumentos, insistimos, estuvieron acompañados de fundamentos juiciosos, dado que valoró la ética como una sola, no  divisible por ramas ni por conveniencias o intereses individualistas.

Por la Junta Directiva,

JESÚS MARÍA LÓPEZ VELÁSQUEZ 
Presidente



ACCIÓN DE COMPLIMIENTO PRESENTADA EL 8 DE MAYO ANTE EL CONCEJO DE MEDELLÍN, DURANTE EL SEGUNDO DEBATE PARA APROBAR LA FUSIÓN UNE-MILLICOM



TEXTO DE ACCIÓN DE TUTELA PRESENTADA EL JUEVES 2 DE MAYO DE 2013 CONTRA EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DE MEDELLÍN



Medellín, mayo 2 de 2013                                                            201305-0050


Señor

JUEZ  PENAL MUNCIPAL (Reparto)

E.    S.    D.


Asunto:   Acción de Tutela


JESÚS MARÍA LÓPEZ VELÁSQUEZ, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía Nº 71.631.989, en mi calidad de representante legal del Sindicato UNIGEEP, en ejercicio de la Acción de Tutela que establece el artículo 86 de la Constitución Nacional y el Decreto Reglamentario 2591 de 1.991,  con el objeto que se me amparen los derechos fundamentales y constitucionales del derecho de petición y el debido proceso.

PETICION DE TUTELA

PRIMERA: Para que se sirva ordenar al Doctor NICOLÁS ALBEIRO ECHEVERI ALVARÁN, Presidente del Concejo de Medellín, me dé respuesta, clara precisa y  completa al derecho de petición radicado el día 11 de marzo de 2013.

SEGUNDA: Que la orden impartida por el señor juez de tutela, sea de inmediato cumplimiento.


PROCENDENCIA DE LA TUTELA

La tutela que se impetra por medio de este escrito es procedente por cumplir con las exigencias legales para su prosperidad. En efecto, al no dar respuesta a las peticiones que respetuosamente le solicitamos en el escrito de la referencia, están violando los derechos fundamentales y constitucionales de petición   y el debido proceso.

La Constitución Nacional  en su artículo 2 dispone en uno de sus apartes lo siguiente: “facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan“, por su parte el artículo 23 señala que las peticiones respetuosas presentadas por los ciudadanos deben ser respondidas en un término no mayor a 15 días hábiles, y el artículo 29 es del siguiente tenor:” El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas.

HECHOS

1.    El Doctor ANÍBAL GAVIRIA CORREA, Alcalde de la ciudad de Medellín, radicó en el Concejo de Medellín el proyecto de acuerdo número 106 de 2013, por medio del cual solicita una autorización.

2.    Con este proyecto de acuerdo se busca la transformación de UNE EPM TELECOMUNICSACIONES, de empresa pública a una sociedad de economía mixta.

3.    De prosperar esta iniciativa los trabajadores de UNE EPM TELECOMUNICACIONES pasaríamos de trabajadores oficiales a trabajadores particulares y se pone en riesgo la estabilidad laboral, y se acabaría con la función social que cumple como por ejemplo, los teléfonos públicos gratis.

4.    El día 11 de marzo de 2013, le presenté un derecho de petición solicitando participación en los debates, garantía al debido proceso, habida cuenta que el estudio y trámite del proyecto de acuerdo 106 de 2013, es una actuación administrativa. Esto es, que se nos permitiera controvertir de manera amplia los argumentos de la administración municipal, y que los señores Concejales puedan rebatir nuestros argumentos y no guardar silencio sobre ellos y a su vez, nosotros controvertir los argumentos que presenten.

5.    El derecho de petición fue contestado parcialmente, pues, solo tuvimos  la oportunidad de presentar el estudio que hemos hecho del proyecto de acuerdo 106 de 2013, de manera incompleta porque no disponemos de la información suficiente, debido a que al no contar con la información que solicitamos, como lo son el acta de aprobación por parte de los socios de la compañía para la transformación, copia del aviso publicado en un medio de prensa de circulación nacional y la valoración de UNE EPM TELECOMUNICACIONES, antes de transformarla en una sociedad de economía mixta, solo pudimos referirnos a la ilegalidad del proyecto de acuerdo.

6.    Esta información debió ser acompañada con el proyecto de acuerdo para que los señores Concejales le dieran trámite al mencionado proyecto con conocimiento de causa, pero nunca tuvimos respuesta, en un claro desconocimiento de la jurisprudencia sentada por la Honorable Corte Constitucional, que dispone que las respuestas no pueden ser evasivas ni desorientadoras y que deben ser claras y precisas.

7.    Ahora bien, si esta información no fue entregada conjuntamente con el proyecto de acuerdo, debió ser solicitada por el Concejo, no sólo para que les sirviera como información para la decisión que han de tomar sino que la  debieron solicitar para darme respuesta al derecho de petición.  

PETICIÓN

1.    Como medida precautelar, solicito ordenar la suspensión del trámite del proyecto de acuerdo 106 de 2013 hasta tanto se produzca el fallo de la tutela.

2.    Ordenar que se nos entregue de manera prioritaria la valoración de la empresa, para poder completar nuestra argumentación en la defensa de la Empresa como entidad pública, de nuestros derechos laborales y de los intereses de los ciudadanos. 

3.    Como no corresponde al juzgado pronunciarse sobre la legalidad o ilegalidad del proyecto de acuerdo 106 de 2013, solicito se me garantice el debido proceso para poder defender los argumentos que ya hemos expresado sobre la ilegalidad del proyecto de acuerdo, porque este tiene título incompleto y no tiene unidad de materia, como lo exige la norma constitucional y legal, y la jurisprudencia de la Honorable Corte Constitucional, cuyo aparte me permito incorporar al escrito:

Sentencia C-133/12
 

A partir de su regulación constitucional, la Corte ha destacado que el principio de unidad de materia se traduce en la exigencia de que en toda ley debe existir correspondencia lógica entre el título y su contenido normativo, así como también, una relación de conexidad interna entre las distintas normas que la integran. Con ello, la propia Constitución Política le está fijando al Congreso dos condiciones específicas para el ejercicio de la función legislativa: (i) definir con  precisión, desde el mismo título del proyecto, cuáles habrán de ser las materias de que se va a ocupar al expedir la ley.


La efectividad de los derechos consagrados en la Constitución y la ley determinan la realidad social en la que nos desenvolvemos. Estaremos en un  verdadero Estado Social de Derecho, en la medida en que esos derechos no sean simples enunciados teóricos, que encuentran fuertes contrastes con la realidad social, el Presidente del Concejo de Medellín, viola claramente los artículos  2, 23 y 29 de la Constitución Nacional.


Declaro bajo la gravedad del juramento, que por este hecho no he acudido a ninguna otra autoridad.

Atentamente,



JESÚS MARÍA LÓPEZ VELÁSQUEZ
C. C. Nº 71.631.989


Dirección para notificaciones:


Demandante:   Carrera 49  49-73  oficina 801, Edificio Seguros Bolivar, Medellín

Teléfonos 5115241/ 5115884, Celulares 3012995500 / 3003563939.  E-mail: unigeep@unigeep.org

 Demandado:   Calle 44  52-165, Centro Administrativo La Alpujarra, Medellín

 Anexos:

Derecho de petición

Proyecto de acuerdo 106 de 2013

Fotocopia de la cédula

  SOLICITU DE INTERVENCIÓN ANTE LA PLENARIA DEL CONCEJO DE MEDELLIN




1 comentario:

Luis Alirio Ruiz Muñoz dijo...

El documento esta apropiado y ajustado a la realidad; sin embargo deja un sin sabor los argumentos técnicos, legales, regulatorios y tecnológicos que fueron expuestos ante diferentes Entidades. La razón considero obedece más a argumentos netamente políticos que los anteriormente escritos.