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lunes, 29 de octubre de 2012

Violaciones al Debido Proceso en Empresas Públicas de Medellín

Violaciones al Debido Proceso en Empresas Públicas de Medellín


La cantidad de procesos disciplinarios que se han abierto en Las Empresas Públicas de Medellín, en contra de muchos trabajadores obliga a muchas reflexiones, entre ellas la que describe la persecución desatada por algunos Jefes, en el afán de lograr objetivos malsanos a costa del perjuicio de quienes mantienen, con su sudor y compromiso, la entidad en los peldaños conocidos mediante los ingresos y utilidades de la primera compañía de servicios públicos del país.

Más allá de la generación de un ambiente laboral desagradable para todos los trabajadores incursos en investigaciones sin fundamento, está la violación al debido proceso de que vienen siendo objeto, pues no se están aplicando las prácticas que sugiere la ley 734 cuando se trata de elevar ciertas quejas o llamados de atención. Lo que muestra un desconocimiento total por parte de quienes sólo ven en el perjuicio del otro la tranquilidad y progreso propio. Pero los empleados que son sometidos a todo tipo de vejámenes y de improperios, a través de hechos infundados, deben tener muy en cuenta que existen elementos en su favor que les pueden servir.

El artículo 51 de la ley 734, define muy claramente como se deben adelantar ciertas acciones para no perjudicar ni al investigado ni a la empresa, en casos que no ameritan todo un desgaste del aparato interno disciplinario. Lo que evitaría, si se aplicara debidamente, eternos litigios con cosas que bien se pueden solucionar con el diálogo constructivo entre unos y otros. Pero las actuaciones malintencionadas de algunos funcionarios parecen prevalecer por encima de cualquier fundamentación que conlleve a mejorar el ambiente deteriorado que se nota en muchos despachos y oficinas.

Adicionalmente a lo anterior, existe un instructivo que fue presentado en febrero de 2004, en donde se dan orientaciones precisas para cuando se observe que algún servidor ha incurrido en una conducta que altera el orden interno en menor grado sin afectar sus deberes fundamentales. Mediante esta actuación la Oficina de Procesos Disciplinarios de Empresas Públicas de Medellín, impartió la forma más sencilla y simple para que cada superior asumiera los correctivos a agotarse con el ánimo de evitar sendas investigaciones que lo único que producen y generan son animadversiones personales con los resultados de un ambiente laboral muy deteriorado.

UNIGEEP, insiste en el llamado cordial y fraternal para que los problemas existentes, que no ameritan desgastes mayores, se solucionen mediante las herramientas enunciadas, y así evitar fricciones personales que sólo agudizan las diferencias, porque el sesgamiento con que se hacen ciertas acusaciones, con los desconocimientos normativos, demuestra y convalida las Violaciones al Debido Proceso en Empresas Públicas de Medellín.




Junta Directiva
UNIGEEP

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