Apreciados
Compañeros, después de las históricas jornadas buscándole una solución al
conflicto iniciado con la presentación de nuestro Pliego de Peticiones ante
nuestra compañía, tenemos para informarles que fuimos notificados por el Ministerio
del Trabajo de la convocatoria de un Tribunal de arbitramento que dirima el
conflicto con la empresa. No obstante lo anterior, hemos observado la manera
oportunista como la perversa administración de UNE EPM Telecomunicaciones S.A.,
ha hecho un despliegue noticioso para endosarse lo que no le es propio,
mostrando su inocultable miedo y prevención en contra de UNIGEEP, pues es la
única organización sindical que ha estado atenta y vigilante a denunciar el
saqueo infame a que está siendo sometida nuestra querida UNE EPM
Telecomunicaciones por la corrupción que reina en el interior de la misma. De allí
que el informe sobre la convocatoria del Tribunal de Arbitramento que están
publicando, tenga una divulgación engañosa, mentirosa, tendenciosa y malintencionada
de su parte.
En aras a
la verdad, debemos hacer las siguientes precisiones al comunicado publicado en
el boletín “Nuestra Gente” bajo el
acápite “Tribunal de arbitramento pondrá fin al conflicto con UNIGEEP”, veamos:
Reconoce
la administración cinco años de conflicto con UNIGEEP, lo que no afirma en su
comunicado es que en este tiempo, ha negado la garantía del fuero
circunstancial a nuestros afiliados, como en el caso de la compañera Paula
Andrea Zuluaga Dávila, que se encuentra ante la justicia ordinaria pendiente de
fallo en proceso que se está desarrollando en el eje cafetero.
Sin
vergüenza alguna aduce la administración en su comunicado los “intentos permanentes de diálogo y voluntad
de concertación de nuestra compañía” argumento falaz y carente de sustento
en la realidad de lo ocurrido en los cinco años a los que hacen referencia;
parece que se les olvidó que en principio, UNE EPM Telecomunicaciones fue
multada con más $ 150 millones de pesos por parte de Ministerio del Trabajo,
por el hecho de no sentarse a negociar nuestro pliego de peticiones; sanción
que con triquiñuelas, desmontó el Director Territorial de Antioquia, del
Ministerio de Trabajo, aplicando de manera retroactiva el Decreto 089 de enero
20 de 2014 de dicha cartera, en clara contravención a la ley laboral, que lo
prohíbe.
Luego,
cuando fuimos convocados, supuestamente a negociar el pliego de peticiones, la
pantomima y remedo de negociación quedó en evidencia con la intervención por
parte de la empresa, de los incapaces, ineptos y pusilánimes Henry Mena Abadía
y Leonardo Rodríguez Arango, quienes liderados por la firmona e incompetente
Marie Claude Joachim Peñuela, evadieron la responsabilidad de asumir compromiso
alguno en la negociación al manifestar no poder dejar de su parte, nada por escrito,
eso sí, quisieron que en la mesa de negociaciones entregáramos todos nuestros
derechos, exigiendo por escrito los compromisos a la organización sindical. De
esta manera, creyéndonos bobos y pendejos con argumentos sinvergüenzas y
cobardes que recibieron duras y certeras respuestas de nuestra parte, estos
pésimos y vergonzantes funcionarios con sus áulicos, nos quisieron someter,
pero se equivocaron.
Terminada
esa fallida etapa de arreglo directo, sin lograr por parte de los mencionados
directivos sus oscuros propósitos, es un hecho incontrovertible, por lo notorio
queridos compañeros, la guerra jurídica que se le ha declarado a nuestra
organización sindical, con amenazas de denuncias penales, negando los permisos
y garantías sindicales, llamando a descargos y sancionando a sus directivos,
claros hechos constitutivos de persecución sindical, en un intento de dichos
siniestros personajes por ablandar, debilitar y quebrantar la moral de sus
directivas
Ahora,
cínicamente “celebran” la convocatoria de un tribunal de arbitramento por parte
del Ministerio del trabajo, tratando de confundir a la base, cuando la verdad
nunca ha habido buena voluntad ni disposición de UNE EPM Telecomunicaciones
para solucionar nuestro conflicto, prueba de ello es que con la convocatoria de
un tribunal de arbitramento, deberán ser terceros, y no la empresa, los que le
den solución al mismo.
De otra
parte, no entendemos a que se refiere el comunicado cuando allí se afirma que
con la convocatoria del tribunal de arbitramento “La pugna entre UNE EPM Telecomunicaciones y UNIGEEP llega a su fin”.
El
Diccionario de la Real Academia nos ilustra sobre el término pugna:
Pugna: s. f. Lucha o
enfrentamiento, especialmente ideológico. Batalla, pelea. Oposición de
persona a persona o entre naciones, bandos o parcialidades.(Diccionario
Enciclopédico Vox 1. © 2009 Larousse Editorial, S.L.)Pugna (Sinónimos)
1 pelea, lucha*, contienda, guerra. Tratándose de una acción bélica. 2 oposición, hostilidad, rivalidad, enemistad. Entre dos o más personas, instituciones,
etcétera.
Diccionario
Manual de Sinónimos y Antónimos de la Lengua Española Vox. © 2007 Larousse
Editorial, S.L.
Quisiéramos
saber a cuál de todas esas acepciones o significados de la palabra pugna se refieren y cual el alcance de
la misma, sin embargo:
- Si es por el fuero circunstancial de nuestros afiliados, nos permitimos aclararles que los conflictos colectivos de trabajo terminan de la siguiente forma: Por el retiro del respectivo pliego de peticiones por parte de la organización sindical; por la firma de una convención colectiva o por encontrarse laudo arbitral en firme. Ninguna de estas situaciones ha ocurrido, luego todavía estamos lejos de afirmar que la “pugna” como eufemísticamente se refieren al conflicto colectivo de trabajo entre Une EPM Telecomunicaciones y UNIGEEP, “ha llegado a su fin”, y en consecuencia nuestros afiliados y los que lleguen seguirán gozando de la prerrogativa del fuero circunstancial que les brinda la Ley laboral.
- Si con tal afirmación nos anuncian la terminación de la infame guerra jurídica que se le ha declarado a nuestra organización sindical, nos permitimos informarles que estamos preparados para seguir afrontando con dignidad los ataques con que quieren debilitarnos
- Y si con tal afirmación pretenden que bajemos la guardia a nuestras denuncias al desangre y saqueo a que está siendo sometida nuestra querida empresa por parte de la multinacional Millicom, se equivocan nuevamente, la defensa de lo público se encuentra dentro de nuestros objetivos misionales y no renunciaremos a nuestro derecho a la crítica y a la denuncia, por nada del mundo.
Agrega el
comunicado de marras que “Esta decisión
se produce gracias a la convocatoria hecha por el Viceministro de Trabajo e
inspección” En esta sentido queremos aclararles que esta decisión no se
produce gracias a dicho Viceministro , la decisión se produce porque la Ley lo
tiene así consagrado y porque los afiliados a UNIGEEP en asamblea general,
votaron someter el conflicto a la decisión de un Tribunal de Arbitramento y al
estar el procedimiento apegado a la norma, al referido funcionario no le
quedaba otra decisión de convocarlo, por lo tanto no vemos porque hay que darle
las gracias a tan respetable Doctor.
De otro
lado, no es cierto como asegura esta administración, que el tribunal permitirá
“en un corto tiempo”, solucionar el conflicto colectivo de trabajo con UNIGEEP.
Aunque nuestro deseo es que sea célere, tenemos conocimiento de conflictos, que
sometida su solución por esta vía, llevan años sin poderse resolver, toda vez
que la concertación arbitral tiene sus complicaciones, pues la mayoría de las
veces es difícil a los árbitros de las partes ponerse de acuerdo sobre el
tercer árbitro, lo que lleva a esperar el nombramiento del tercero por parte
del Ministerio del Trabajo, cosa que también toma su tiempo, así que los
flamantes funcionarios de UNE EPM Telecomunicaciones S.A. más allá de demostrar
su ignorancia en estos temas, pues su atraso académico es pleno e indiscutible,
están obrando con malas intenciones, confundiendo a los trabajadores con
afirmaciones no acordes con la realidad del desarrollo del proceso arbitral en
cuanto a su celeridad. Por lo tanto reiteramos e informamos en forma resaltada
y subrayada, que demórese lo que
tenga que demorarse, mientras no se profiera un laudo arbitral en firme, todos
los afiliados y quienes se afilien a nuestro sindicato, gozan de la
prerrogativa del fuero circunstancial.
Termina
el referido comunicado agradeciendo esta hipócrita administración “el proceso de concertación mutuo”. Sabrá
Dios a qué concertación se refieren porque parece que estuvieran hablando allí
de otro conflicto colectivo de trabajo distinto al que planteó UNIGEEP en el
cual, como ya se ha expresado, nada se ha concertado y ha sido unilateralmente UNIGEEP
quien ha recurrido a agotar las instancias legales que el derecho colectivo del
trabajo le concede para resolver un conflicto que lleva años sin resolverse,
precisamente por la desidia, desinterés y desprecio de los directivos de UNE
EPM Telecomunicaciones por nuestra organización, por lo que no encontramos qué es
lo que les produce “orgullo y satisfacción”.
Como
colofón al comunicado de marras, la “sana convivencia” de la que allí se habla,
no será posible mientras la hediondez y las mugrientas acciones de personajes
como Marie Claude Joachim Peñuela y Henry Mena Abadía, estén descomponiendo el
poco ambiente laboral que queda en UNE EPM Telecomunicaciones S.A.
“Siempre es más valioso tener el respeto que la
admiración de las personas”
JUNTA DIRECTIVA
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