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jueves, 21 de abril de 2016

BOLETÍN DE PRENSA: DEMANDADO EL ACUERDO 02 DE 2016, POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA LA ENAJENACIÓN DE LAS ACCIONES DE EPM EN ISAGEN.

UNIGEEP                                              MOVIMIENTO CÍVICO
UNIÓN SINDICAL                                DE MEDELLÍN  

GRUPO EMPRESARIAL EPM                 Y EL ÁREA METROPOLITANA

BOLETÍN DE PRENSA

DEMANDADO EL ACUERDO 02 DE 2016, POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA   LA ENAJENACIÓN DE LAS ACCIONES DE EPM EN ISAGEN.

Por inconveniente e ilegal, el Movimiento Cívico de Medellín y el Área Metropolitana y UNIGEEP, presentaron demanda de nulidad ante el Juez 9° Administrativo y solicitaron la medida cautelar de  suspensión provisional del Acuerdo 02 de 2016, por medio de cual se autoriza la enajenación de una participación accionaria.

El Alcalde Federico Gutiérrez Zuluaga, está facultado constitucional y legalmente para convocar al Concejo de Medellín a sesiones extraordinarias, pero solo lo puede hacer cuando el Concejo esté en receso. Esto lo debe saber muy bien el primer mandatario de los medellinenses, porque fue Concejal de Medellín por varios periodos e incluso llegó a ser su Presidente. Con este antecedente, ¿cómo pudo expedir el Decreto número 0776 de 26 de febrero de 2016, convocando al Concejo de Medellín a sesiones extraordinarias, del 2 al 5 de marzo del año en curso, para que se dedicara al estudio, trámite y aprobación  del Proyecto de Acuerdo 004 de 2016, fecha para la cual el Concejo se encontraba sesionando en su primer periodo ordinario? Con el agravante de que la Comisión Primera Permanente estaba citada  para el día 1 de marzo a las 2 de la tarde, con el fin de tramitar el Proyecto de Acuerdo 004 de 2016, en primer debate.

Lo procedente en este caso,  era  prorrogar el periodo ordinario de sesiones del Concejo, de conformidad con el parágrafo del artículo 23 de la Ley 136 de 1994, que textualmente dice: “Parágrafo 1º.- Cada periodo ordinario podrá ser prorrogado por diez días calendario más, a voluntad del respectivo Concejo. El Decreto número 0776 de 26 de febrero de 2016, fue expedido por el Alcalde,  cuando aún el Concejo se encontraba sesionando en su periodo ordinario y estaba a tiempo para aprobar la prórroga de los 10 días.

A los primíparos se les puede perdonar la animalada que cometieron, pero a los Concejales que llevan más de 12 años en el Concejo,  no. ¿Cómo así que aprueban una prórroga de un día para posesionar al Señor Personero y clausurar el periodo de sesiones a las 9 de la mañana, cuando la Comisión Primera Permanente, estaba citada para las 2 de la tarde? Lo más grave es que para congraciarse con el Alcalde, esperando muy seguramente, que deje caer de la mesa en donde están servidas las burocracias, algunas migajas, guardaron silencio frente a la novatada cometida por el Presidente de dicha Comisión y por el coordinador de ponentes de aplazar la reunión de la Comisión para el día siguiente, o sea para el 2 de marzo, para darle primer debate al Proyecto de Acuerdo 004 de 2016, estando el concejo en receso. 

Todo el trámite del Proyecto de Acuerdo 004 de 2016 está viciado. Una vez instalado el periodo extraordinario de sesiones del Concejo de Medellín, la Comisión Primera permanente tenía que ser convocada, dando cumplimiento al artículo 101 del Acuerdo 69 de 2013, pero no se hizo así. Con desconocimiento del Reglamento Interno del Concejo deliberaron y negaron en primer debate el Proyecto de Acuerdo 004 2016. El Alcalde apeló esta decisión y la plenaria del Concejo la revocó y trasladó el proyecto a la Comisión Segunda, que lo aprobó en primer debate, sin que fuera citada con el lleno de los requisititos. Esto es, tenía que ser citada con no menos de 2 días.

De la Comunidad y los Trabajadores en General,


GONZALO ÁLVAREZ HENAO                  JESÚS MARÍA LÓPEZ VELÁSQUEZ
Presidente                                           Presidente
Movimiento Cívico de Medellín             UNIGEEP
Y El Área Metropolitana                    Unión Sindical Grupo Empresarial EPM

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