Muy a propósito del gobierno de 16 años, dividido en dos execrables nombres
que nos han traído solo miseria y pobreza para toda la población colombiana y
entrega indiscriminada de los bienes, empresas y recursos naturales de nuestro
estado, les traemos a colación el contextualizado artículo de nuestro gran
amigo Libardo Espitia Rodríguez, publicado en Razonpublica.com, el 27 de
noviembre de 2017.
ISAGEN,
un activo estratégico feriado irregularmente
La venta de esta gran generadora de
energía va a cumplir dos años y todavía no se han resuelto varias preguntas
sobre las irregularidades y las controversias del proceso. ¿Quién rendirá las
cuentas sobre ISAGEN?
La venta
Han
pasado casi dos años desde que el Estado vendió ISAGEN al
conglomerado canadiense Brookfield.
Hace
dos semanas, Gas Natural Fenosa anunció
que venderá sus redes de distribución de gas en Colombia a la
misma empresa. Así, la multinacional se queda con dos de las empresas más
importantes en materia de energía eléctrica y distribución y comercialización
de gas en Colombia.
La
venta de ISAGEN tiene como antecedente el documento
Conpes 3281 de 2004, que trazó una estrategia de “enajenación de
participaciones de la Nación en empresas públicas y privadas”. Para desarrollar
el documento, los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Agricultura, y
Minas y Energía suscribieron el 19 de diciembre de 2004 un convenio
interadministrativo con el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo (FONADE),
con el fin de que este último asumiera la gerencia integral de la estrategia.
Cuatro
años después —el 19 de diciembre de 2008— se firmó el Otrosí No. 7, que incluyó
la enajenación de ISAGEN en el convenio interadministrativo. FONADE suscribió
entonces el contrato
de consultoría No. 2091312 con la Unión Temporal conformada por
Credit Suisse e Inverlink para que esta asesorara, diseñara y llevara a cabo
el proceso de enajenación de la participación de la Nación en ISAGEN, con
un plazo de ejecución de 180 días contados a partir del acta de inicio suscrita
el 06 de mayo de 2009.
Después
de haber vendido el 19 por ciento de las acciones, el gobierno Uribe suspendió
el proceso de enajenación, pero el ministro de Hacienda de Santos, Mauricio
Cárdenas, lo retomó en mayo de 2013. Finalmente, con el Decreto
1609 de 2013 se aprobó el programa de enajenación del 57,66 por
ciento de la participación de la Nación en ISAGEN. En total, se vendieron
1’571.919.000 acciones ordinarias a 2.850 pesos por acción, precio que
posteriormente se modificó a 3.178 pesos.
Los
valores serían actualizados por la variación del índice de precios al
consumidor (IPC) entre la fecha de expedición del decreto y la fecha de
adjudicación de la segunda fase. El 22 de diciembre de 2015
mediante Decreto
2468 la acción se actualizó a 4.130 pesos.
Las
irregularidades
En el Informe de Actuación Especial de Fiscalización al
“Proceso de venta de la Participación Accionaria de la Nación en ISAGEN S.A
ESP.”, la Contraloría General de la República denunció 14 hallazgos
administrativos, dos de ellos con connotación disciplinaria, pero ninguno con
connotación fiscal.
Las
irregularidades más preocupantes son:
1. La
consultoría
La
consultoría pactada entre FONADE y la Unión Temporal de Credit Issue e
Inverlink el 29 de abril de 2009 incluía un diagnóstico y actividades de debida
diligencia financiera, contable, comercial, legal, ambiental, etc.
El
proceso de enajenación fue suspendido ese año y se retomó en 2013. Según la
Contraloría, la información que el contratista entregó como debida diligencia
financiera en 2009 no fue actualizada en 2013, de modo que la enajenación de
ISAGEN se hizo con información desactualizada, de 2007 y 2008.
Las
actividades de debida diligencia financiera son de vital importancia, porque
brindan la información sobre la situación real de una empresa y permiten
elaborar valoraciones y proyecciones financieras.
Según
la Contraloría la enajenación de ISAGEN se hizo con información desactualizada.
La
actualización era fundamental, porque en el transcurso de cuatro años hubo
cambios que implicaron variaciones en las contingencias y en la estructura
financiera y tributaria de ISAGEN. Por ejemplo:
- La
entrada en operación del Trasvase Guarinó en 2010, que
aumentó la capacidad de generación de la Central Hidroeléctrica Miel I en
308 GWh/año;
- La suscripción en 2010 de un
contrato de estabilidad jurídica por veinte años por parte
de ISAGEN;
- La
entrada en operación del Trasvase Manso en 2013, que
aumentó la capacidad de generación de la Central Hidroeléctrica Miel I en
104 GWh/año;
- La
entrada en operación de la Central Hidroeléctrica Río
Amoyá en 2013, con capacidad de 80 MW;
- Y la
construcción de la Central Hidrosogamoso.
Las
nuevas condiciones ameritaban una actualización de la debida diligencia.
La
Contraloría también tuvo otros reparos sobre el contrato de consultoría:
- Hubo dudas sobre el cumplimiento de las
obligaciones del contratista, dado que algunos documentos figuraban como
borradores sujetos a revisión y consideración;
- En los archivos Excel no había evidencia de la
elaboración de la consultoría y la explicación con las tres metodologías
de valoración que se exigían;
- Tampoco se halló la incorporación de las
observaciones realizadas por los supervisores de FONADE.
No
se puede pasar por alto que la Unión Temporal contratada había hecho
consultorías anteriormente cuestionadas por la misma Contraloría, como la
privatización de Corelca y sus electrificadoras, que resultó en la creación de
Electricaribe, o la debacle de la compra del paquete accionario de la empresa
Orbitel por parte de las Empresas Públicas de Medellín (EPM) bajo el mandato
del alcalde Sergio Fajardo.
Tampoco
debe pasarse por alto que uno de los socios fundadores de Inverlink fue Bruce
Mac Master Rojas, quien había sido nombrado viceministro de Hacienda en 2010
por el ministro Juan Carlos Echeverry. El nombramiento fue criticado en su
momento, porque Inverlink había hecho contratos con el Estado y se había
asociado con Interbolsa. Mac Master también fue miembro de la junta
directiva de ISAGEN.
2. La
comisión de éxito
El
valor del contrato con la Unión Temporal tuvo dos comisiones: una fija, por un
valor de 2.500 millones de pesos y una comisión de éxito.
Desde
que comenzaron los estudios previos al concurso de méritos abierto por FONADE,
no se hizo ningún análisis que sustentara con qué criterios se diseñó el pago
de la comisión por venta de acciones.
Sin
ese análisis era casi imposible salvaguardar los intereses de la Nación. La
comisión de éxito se pactó de acuerdo con el número de ofertas económicas
aceptables y no pensando en el mayor beneficio para el patrimonio público. Ante
el escenario de una única oferta económica aceptable —lo que en efecto sucedió—
era apenas lógico que el valor de la acción no superara el precio mínimo
fijado.
3. Los
plazos
El
22 de diciembre de 2015, el ministerio de Hacienda modificó los plazos
previstos para que los inversionistas que quedaran inhabilitados pudieran
participar en la subasta, pasando el término de 20 a 12 días hábiles.
También
se disminuyó de 15 a 10 días hábiles el plazo previsto entre la fecha de la
subasta y el cierre de la operación.
4. La
subasta
En
el momento de diseñar la subasta para enajenar las acciones no adquiridas en la
primera fase, se incluyó la posibilidad de adjudicarlas en el escenario de una
sola oferta económica aceptable. Esta posibilidad no tenía ninguna relación con
la modalidad de subasta, que supuestamente debía maximizar el valor de las
acciones.
La
subasta debía contar con la participación de varios oferentes en la segunda
fase del proceso. Al final, esto no sucedió y se adjudicó la totalidad de las
acciones a la empresa canadiense Brookfield Asset Management por
6’486.126.867.710 pesos.
5. El
programa de promoción
Dentro
del contrato pactado con la Unión Temporal, se incluyó la obligación de diseñar
estrategias para estimular la participación de inversionistas y, después, la estructuración
y ejecución de un programa de promoción nacional e internacional de vinculación
del capital que incluyera objetivos, estrategias, cronograma y eventos a
realizar. El programa debía ser aprobado por el Comité Técnico.
Aunque
los informes del contratista describen algunas actividades de mercadeo, la
Contraloría no encontró ningún documento que contuviera el programa de
promoción tal como fue acordado en el contrato de consultoría (literales b) y
c) de la cláusula tercera). Esta tarea era crucial para maximizar el
valor de la venta. Tampoco se comprobó que el Comité Técnico hubiera
aprobado las técnicas de mercadeo.
El
Comité Técnico fue constituido de acuerdo con el Decreto
1609 de 2013 y estuvo conformado así:
- Un representante permanente del Presidente de
la República;
- Un representante permanente del Ministerio de
Hacienda,
- Y un representante del Ministerio de Minas y
Energía.
Con
la suscripción del convenio interadministrativo entre FONADE y los ministerios
de Hacienda, Agricultura y Minas, FONADE fue encargada de la gerencia integral
de la estrategia. La obligación fue ratificada en el contrato con la Unión
Temporal.
Y
sin embargo en las actas del Comité Técnico no se encontró nunca la
participación de FONADE, que se desprendió de su deber de entregar debidamente
ejecutada la gerencia integral del proceso. Al finalizar 2016, se habían presentado
los siguientes procesos judiciales:
PROCESOS
CONTRA LA VENTA DE ISAGEN S.A. ESP
|
|
Clase de
proceso
|
Número
|
Acciones
de nulidad
|
6
|
Acciones
populares
|
3
|
Tutelas
|
29
|
Fuente: Contraloría General de la República
El
10 de septiembre de 2015, la Sección cuarta del Consejo de Estado negó las
pretensiones de las seis acciones de nulidad presentadas contra los artículos
1, 2 y 8 del Decreto 1609 de 2013 y el artículo 1 del Decreto 2316 de 2013.
También ordenó restituir cuatro meses y diez días al plazo previsto.
No
se hizo ningún análisis que sustentara con qué criterios se diseñó el pago de
la comisión por venta de acciones.
Luego,
en sentencia de primera instancia del 3 de agosto de 2016, la misma Sala volvió
a negarse a declarar la nulidad de los decretos mencionados,
argumentando que el asunto había sido objeto de la sentencia anterior o sea en
este caso operaba
la cosa juzgada.
La
Sala actuó con pleno conocimiento de que ISAGEN había sido vendida en una
subasta con un oferente único. La decisión es extraña, porque contradice la
demanda presentada en 2010 contra la licitación pública que pretendía la
concesión del tercer canal de televisión privada de cubrimiento nacional. En
ese caso se ordenó suspender el pliego de condiciones de la licitación dado que
no había una pluralidad de oferentes y por lo tanto no se maximizaba el valor
del bien público como sucede en una subasta.
Colombia
y la OCDE
Las
irregularidades impidieron maximizar el valor de las acciones de ISAGEN. Al
final, el paquete accionario fue adjudicado a un solo proponente y con
información desactualizada; causa asombro que ninguna de las irregularidades
hubiera hecho que el contralor Edgardo Maya ordenara un proceso de
responsabilidad fiscal o al menos una indagación preliminar.
Por
su parte, en cumplimiento del mandato constitucional y legal de defender los
intereses generales, el procurador Fernando Carrillo está en mora de informar a
los colombianos la respuesta a la comunicación que efectuara su antecesor el 12
de enero de 2016 al presidente Santos, donde le indicaba que vender ISAGEN en
esas condiciones significa la pérdida de 2.376.238.513.920 pesos. Al día
siguiente se concretó la venta al fondo canadiense.
De
otro lado, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
(OCDE) invitó
al presidente Santos a unirse en el 2013, el mismo año en el
que ministerio de Hacienda retomó el proceso de enajenación de ISAGEN.
No
es fortuito entonces que ISAGEN acabara en manos de la sociedad Brookfield
Asset Management de Canadá, país miembro de la OCDE. Queda por saber hasta
dónde llegará el presidente para poder ingresar a esa organización.
*Profesional
en Ingeniería con estudios en electricidad y electrónica, especialista en
Servicios Públicos Domiciliarios, contratación pública, control fiscal y
disciplinario, Magíster en Gestión y Auditorías Ambientales.
JUNTA DIRECTIVA
UNIGEEP
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