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domingo, 18 de noviembre de 2018

Asamblea General Extraordinaria de Delegados y los Tribunales de Arbitramento


Como bien se convocara, este pasado sábado 17 de noviembre de 2018, se llevó a cabo la Asamblea General Extraordinaria de Delegados, para la toma de decisiones con relación a nuestros Pliegos de Peticiones presentados, tanto en EPM como en UNE EPM Telecomunicaciones S.A., y los pasos a seguir según nuestras leyes colombianas. Al negarse las entidades enunciadas a negociar, de manera subrepticia, con nuestra Comisión Negociadora y nuestros Asesores, en una continuidad responsable se han definido las acciones necesarias y obligatorias.

Es de todos conocido que la incapacidad de los representantes negociadores de EPM y de UNE EPM Telecomunicaciones S.A., ha impedido que se pudiera llegar a unos acuerdos que solucionaran los conflictos desatados por nuestros petitorios. Los argumentos presentados por los delegados de las administraciones no tuvieron ninguna justificación, toda vez que las contradicciones notadas los dejaron en una evidencia negativa palpable, desde donde se le mire. Sin el ánimo a la jactancia innoble, la verdad es que a la luz de las razones obvias, nuestros comisionados siempre dejaron en mal estado a la contraparte.

Como la ley, en el Código Sustantivo de Trabajo, en su artículo 452, faculta al Ministerio de Trabajo para que de oficio convoque al Tribunal de Arbitramento para el petitorio de EPM, solo quedaba elegir al árbitro que nos representará ante ese estamento legal, hecho que votara nuestra Asamblea General de Delegados positivamente. Reconociendo que la intención de UNIGEEP, nunca será la de recurrir voluntariamente a esas instancias, porque siempre hemos buscado una solución dialogada, las circunstancias negativas que han rodeado las negociaciones de nuestros Pliegos de Peticiones, nos han conducido a esta toma de decisiones. 

Para UNE EPM Telecomunicaciones S.A. se votó el Tribunal de Arbitramento y se eligió también el Árbitro que nos representará en esa instancia. Para este caso, aunque estamos convencidos de la naturaleza pública 100% de nuestra empresa, con el ánimo de no dejar enredar nuestras pretensiones por las trapisondas de una administración matrera, recurrimos a la figura que nos permiten las normas para evitar contratiempos innecesarios. Hicimos todo lo posible, con movimientos que demostraron nuestra disposición para negociar, pero la torpeza y propuestas sin sentido, corroboraron que la contraparte nunca tuvo la categoría, ni la capacidad para discutir con nuestros negociadores y asesores, y mucho menos la voluntad de llegar a un acuerdo fundamental.

Con las decisiones tomadas y votadas en materia de los Tribunales de Arbitramento y de los Árbitros, se dio la continuidad a nuestro deseo ferviente de lograr unas soluciones equitativas para nuestros Pliegos de Peticiones, esperando unas respuestas justas y acordes con nuestras aspiraciones. Lo que si deben tener muy presente todos nuestros afiliados, tanto en EPM como en UNE EPM Telecomunicaciones S.A., es que mientras se resuelven los conflictos, todos estarán amparados por el FUERO CIRCUNSTANCIAL que otorga la ley, dejando la constancia de que son las administraciones con sus intransigencias, las que han optado por ese camino. Este informe sobre la Asamblea General Extraordinaria de Delegados y los Tribunales de Arbitramento, muestra la disciplina y compromiso de UNIGEEP, para con sus responsabilidades y obligaciones hacia nuestros asociados y nuestras empresas.

“Mientras los necios deciden, los inteligentes deliberan”
Plutarco
JUNTA DIRECTIVA

UNIGEEP



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